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La legislación penal española no tiene una figura penal relativa a la explotación sexual comercial infantil, sino que contempla varios delitos relacionados con distintas formas de explotación: la prostitución de menores, la pornografía infantil o el tráfico de personas. En el caso concreto de la prostitución infantil, es el artículo 187 del Código Penal en vigor. UNICEF, ECPAT y el Grupo de Trabajo contra la Explotación Sexual Infantil en los Viajes proponen la modificación del artículo 187, o la inclusión de un nuevo artículo que suponga la penalización explícita de todos los clientes de prostitución infantil y, en consecuencia una mayor protección de todos los y las menores de edad, residentes o no en España, frente a la explotación sexual comercial. |